La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ha ordenado la suspensión del trámite de amparos relacionados con la prisión preventiva oficiosa, una medida que ha generado debate en el país.
Recientemente, el pleno de la SCJN ordenó la suspensión de la tramitación de todos los amparos pendientes de resolución en cualquier Juzgado.
En este sentido, la ministra Lenia Batres Guadarrama confirmó la decisión que se tomó esta noche en sesión privada del pleno de ministras y ministros del Tribunal.
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Mediante un comunicado, se establece que esta medida será para evitar que cualquier instancia jurisdiccional emita fallos que resulten contradictorios con el criterio general que fijará la SCJN.
Esta decisión se produce en medio de un contexto de preocupación por la seguridad pública y la lucha contra la delincuencia.
La prisión preventiva oficiosa permite que ciertos delitos graves, como secuestro, homicidio doloso y violación, entre otros, sean castigados con prisión preventiva sin necesidad de una resolución judicial previa.
Cabe señalar que el artículo 19, párrafo segundo, de nuestra Carta Magna, se estipula que “las personas acusadas que por su delito o su gravedad, están considerados como de alto impacto para la sociedad deberán llevar su proceso en prisión preventiva para garantizar que el acusado comparezca a juicio,
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